Los objetivos perseguidos por la Directiva de envases biodegradables para líquidos son dos:
▪ Minimizar los impactos ambientales asociados a los envases y embalajes.
▪ Eliminación de obstáculos al comercio. Se establecen para ello objetivos cuantificados a cumplir por los Estados miembros en relación a la valorización y reciclado de los residuos de envases biodegradables para líquidos.
En esta directiva se indican los conocidos como requisitos esenciales que deberán cumplir los envases y embalajes puestos en mercado y que serán desarrollados a través de normas preparadas por los Comités de Normalización correspondientes. Estos requisitos son:
▪ Minimización del peso y/o volumen de los envases para garantizar la seguridad y aceptación por parte del consumidor del producto envasado.
▪ Reutilización del envase/embalaje.
▪ Fabricación de los envases y embalajes con materiales que permitan su valorización mediante: reciclado, recuperación energética o recuperación por compostaje.
Marco legislativo nacional de Envases biodegradables para líquidos
La legislación española en materia de envases biodegradables para líquidos y residuos de envases emana de la Directiva 94/62/CE de envases y residuos de envases y está recogida en la Ley 11/1997, cuyo principal objetivo es la prevención y reducción de impacto sobre el medio ambiente de los envases y la gestión de los residuos de envases a lo largo de todo su ciclo de vida. Esta ley se desarrolla a través del Real Decreto 782/1998.
El alcance de esta Ley engloba a todos los envases puestos en el mercado nacional y generados en el territorio del estado, cualquiera que sea el punto del ciclo de producción y/o fabricación, desde la materia prima hasta el consumidor final (Ley 11/1997), no solo los envases biodegradables para líquidos.